400

Formosa, 29/03/2024 09:08 am

Guía de trámites
En esta sección podrás encontrar el trámite que necesitás realizar:


Documentación a presentar en el Régimen General

Persona Física

  • Formulario de Inscripción F-600/A por duplicado.
  • Original y Copia del Documento Nacional de Identidad.
  • Constancia de Inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP.
  • Original y Copia de Boleta de Servicios o Contrato de Locación a nombre del contribuyente a fin de acreditar el domicilio fiscal denunciado.

Efector Social

  • Formulario de Inscripción F-600/A por duplicado.
  • Constancia de Inscripción ante la Administración de Ingresos Públicos - AFIP.
  • Original y Copia de la Constancia de Efector Social emitida por el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
  • Original y Copia de Boleta de Servicio o Contrato de Locación a nombre del Contribuyente a fin de acreditar el domicilio fiscal denunciado.

Personas Jurídicas o ideales, sociedades, asociaciones, uniones transitorias e empresas, consorcios y demás entidades mencionadas en el artículo 11° del Código Fiscal Ley 1589

  • Formulario de Inscripción F-600/B por duplicado.
  • Copia certificada del Instrumento Constitutivo (Acta Constitutiva, Estatuto Social, Contrato Social, documento equivalente).
  • Constancia de Inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP.
  • Copia de DNI, CUIT o CUIL de los integrantes de los órganos de administración, o quienes sean representantes legales.
  • Copia de Boleta de Servicio o Contrato de Locación a fin de acreditar el domicilio fiscal denunciado.
  • Inscripción en el Registro Público de Comercio y en la Dirección General de Personería Jurídica, este requisito no será exigible para la inscripción de las sociedades no constituidas regularmente.

Sucesiones Indivisas

  • Formulario de Inscripción F-600/B por duplicado.
  • Testimonio Judicial de la designación del administrador.
  • Fotocopia del Certificado de defunción del causante.

SE ABONA UN MONTO CORRESPONDIENTE AL IMPUESTO MINIMO QUE FIJE LA LEY PARA LAS INSCRIPCIONES NUEVAS.

En todos los casos el Formulario de Inscripción F-600, en todas sus modalidades, deberá ser suscripto por el contribuyente o persona autorizada, apoderado o representante legal, en presencia del funcionario actuante, acompañando la documentación que acredite el carácter invocado en original y copia.


Fuente: Resolución General N° 49/2016.
Sector: BOX de Atención al Público - Planta Baja.

Documentación a presentar

Modificación de domicilio fiscal, real o legal

  • Formulario de Inscripción F-600/C por duplicado.
  • Original y copia de Boleta de Servicio o del Contrato de Locación que acredite el domicilio denunciado.
  • Constancia de Cambio de Domicilio ante la Administración Federal de Ingresos Públicos - AFIP.

Modificación de Actividades

  • Formulario de Inscripción F-600/C por duplicado.
  • Constancia de Alta o Baja de Actividades ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (Sistema Registral de AFIP).

Modificación de los Integrantes de los Órganos de Administración

  • Formulario de Inscripción F-600/C por duplicado.
  • Copia de la documentación pertinente que avale la modificación de autoridades.

Toda comunicación de modificaciones de los datos declarados ante el órgano fiscal, deberá efectuarse dentro del plazo de diez (10) días de producidas, acompañando la documentación que acredite dicho cambio. El incumplimiento de este deber formal será pasible de la sanción de multa prevista en el artículo 59 inc. 3) apartado c) de la Ley Impositiva 1590 equivalente a OCHENTA (80) Unidades Tributarias (U.T.).


Fuente: Resolución General N° 49/2016.
Sector: BOX de Atención al Público - Planta Baja.

Para solicitar el Cese Total de Tributos ante la Dirección General de Rentas de Formosa, deberá cumplimentar la reglamentación establecida en la Resolución General N° 036/2017

Ingresar a la página de la Dirección General de Rentas https://www.dgrformosa.gob.ar/ - D.G.R. EN LINEA – C.U.I.T. Y CLAVE FISCAL DEL CONTRIBUYENTE – APLICACIONES - “CESE TOTAL DE ACTIVIDADES EN LÍNEA”- SOLICITUD – SELECCIONAR EL TRIBUTO - PERIODO Y CAUSALES DE CESE. 

 

Requisitos a adjuntar para el Cese Total en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos:

  1. Constancia de Cese ante AFIP: Sistema Registral - Histórico de Categorías o Impuestos.
  2. Constancia de baja de habilitación municipal o certificación negativa.

Además, según cuál sea el motivo de baja deberán adjuntar:

  • Certificado de defunción o declaración judicial de ausencia con presunción de fallecimiento.
  • Acta o instrumento emanado del órgano máximo de la sociedad de que se trate o disposición legal pertinente donde se resuelve la disolución social o cese de actividades.
  • Instrumento que acredite la venta o transferencia del fondo de comercio.
  1. Cuando se trate de contribuyentes locales respecto de los cuales se solicite el cese en tal carácter por haberse producido su inscripción bajo el régimen del Convenio Multilateral, constancia que acredite esta última inscripción.
  2. Cuando se trate de contribuyentes que se trasladan a otra provincia, constancia de cambio de jurisdicción otorgado por AFIP.
  3. Certificado de Cumplimiento Fiscal F-510, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Además, deberá tener presentadas todas las declaraciones juradas (mensuales y anuales inclusive), hasta la fecha de cese solicitada y por todos los períodos no prescriptos. No tener deudas exigibles de ningún concepto y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

Fuente: Resolución General N° 036/2017

 

Requisitos a adjuntar para el Cese en los Aportes y Contribuciones al Instituto de Pensiones Sociales I.P.S.:

  1. Sistema Registral de la A.F.I.P., que acredite la baja pertinente como empleador.
  2. Certificado de Cumplimiento Fiscal F-510, en los Aportes y Contribuciones al Instituto de Pensiones Sociales.
  3. Tener presentadas todas las declaraciones juradas, hasta la fecha de cese solicitada.
  4. No tener deudas exigibles en concepto de Aportes y Contribuciones al Instituto de Pensiones Sociales – I.P.S., a la fecha de solicitud.
  5. Tener constituido el domicilio Fiscal Electrónico.

Fuente: Resolución General N° 036/2017

Documentación General:

 

  • Nota de solicitud de Exención.
  • Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E., o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante escribano o autoridad certificante competente.
  • Certificado de Cumplimiento Fiscal de los gravámenes en que se encuentre inscripto ante este Organismo. En el caso del Impuesto Inmobiliario deberá tener abonado, inclusive, el período completo del año en que se solicite la exención.
  • Documentación que constate el domicilio fiscal consignado, por ejemplo escritura, boleto de compra-venta, contrato de alquiler o factura de servicios públicos.
  • Personería Jurídica, Actas de Constitución y Estatutos - (Sólo Personas Jurídicas).
  • 2 U.T. para la nota de solicitud.

Además de la Documentación General indicada precedentemente, deberá acompañar la específica que para cada caso se menciona:

Documentación Específica:

Para la actividad de edición, impresión, distribución y venta de libros, apuntes, diarios, periódicos y revistas (Art. 247 inc. d):

  • Certificado de Exención en el I.V.A. emitido por la AFIP – DGI.

Para las representaciones diplomáticas y consulares de los países extranjeros acreditados (Art. 247 inc. e):

  • Acreditación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación.

Para las asociaciones mutualistas constituidas de conformidad con la legislación vigente con excepción de la actividad que puedan realizar en materia de seguros (Art. 247 inc. f):

  • Certificado de Inscripción en el Instituto Nacional de Asociaciones Mutualistas.
  • Constancia de no Inscripción en la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Los Ingresos de los socios o accionistas de cooperativas de trabajo, provenientes de los servicios prestados en las mismas (Art. 247 inc. g):

  • Constancia de socio o accionista de la Cooperativa de trabajo (Libro de Socios).
  • Certificado de inscripción en el Instituto Nacional de Acción Cooperativa o Provincial.
  • DDJJ de no poseer ingresos provenientes de prestaciones o locaciones de obras o servicios efectuados por cuenta de terceros, aún cuando dichos terceros sean asociados o tengan inversiones que no integren el capital societario (Nota confeccionada por el solicitante informando lo mencionado).

Para las operaciones realizadas por las asociaciones civiles sin fines de lucro, bajo la figura de fundaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, asistencia social, de educación e instrucción, científicas, artísticas, culturales y deportivas, instituciones religiosas y asociaciones gremiales (Art. 247 inc. h):

  • Comprobantes y documentación general - contable y económico financiera por los cuales el contribuyente pueda probar las exigencias que establece el inciso (Ultimo Balance Cerrado).
  • Constancia documental de las operaciones cuya constancia de exención se pretende para Intereses obtenidos por depósitos de dinero en caja de ahorro a plazo fijo y en cuentas corrientes (Art. 247 inc. i).
  • Resolución del Ministerio de Educación de la Provincia donde se designa su incorporación a los planes de enseñanza oficial para los establecimientos educacionales privados, incorporados a los planes de enseñanza oficial, reconocidos como tales por las respectivas jurisdicciones (Art. 247 inc. j).

Para las actividades desarrollas por personas con capacidades especiales (Art. 247 inc. l):

  • Certificado de Incapacidad otorgado por autoridad competente.
  • Constancia emitida por la AFIP, donde no registre personal a su cargo.

Para la Producción de Bienes (Art. 247 inc. n):

  • Constancia de Inscripción en el Registro Industrial de la Provincia de Formosa.
  • Fotocopia certificada del título de Propiedad del Inmueble, en caso de ser propietario; o contrato de arrendamiento, si es arrendatario, del lugar en el que funciona el Establecimiento productivo radicado en la Prov., con la reposición del Impuesto de Sellos.
  • Constancia de Inscripción en el IERIC (Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción), para los ingresos provenientes de la actividad de construcción de viviendas económicas (Art. 247 inc. ñ).


Fuente: Resolución General N° 01/2013.
Sector: Mesa de Entrada y Salida.
Cantidad U.T.: 1.

Requisitos para solicitar Exención del Impuesto de Sellos

 

  • Nota de solicitud de Exención.
  • Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante escribano o autoridad certificante competente.
  • Certificado de cumplimiento fiscal de los gravámenes en que se encuentre inscripto ante este Organismo. En el caso del Impuesto Inmobiliario deberá tener abonado, inclusive, el periodo completo del año en que se solicite la exención.
  • Documentación que constate el domicilio fiscal consignado, por ejemplo escritura, boleto de compra-venta, contrato de alquiler o factura de servicios públicos.
  • Personería Jurídica, Actas de Constitución y Estatutos - (Sólo Personas Jurídicas).
  • Copia Certificada del Estatuto Social donde conste que sus réditos y patrimonio social se destina exclusivamente a los fines de su creación y en ningún caso se distribuye directa o indirectamente entre los socios para el caso de Asociaciones y entidades civiles de asistencia social de caridad, beneficencia, religiosas, de educación e instrucción, científicas, artísticas, gremiales, culturales de fomento vecinal y protectoras de animales (Art. 176 inc. 2).
  • Declaración Jurada del funcionario responsable de la entidad consignando que la misma no persigue fines de lucro, no explota ni autoriza juegos de azar para el caso de Sociedades Deportivas y de Cultura Física (Art. 176 inc. 17).
  • 2 U.T. para la nota de solicitud.


Fuente: Resolución General N° 01/2013.
Sector: Mesa de Entrada y Salida.

Requisitos para solicitar Exención del Impuesto Inmobiliario Rural

 

  • Nota de solicitud de Exención
  • Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante escribano o autoridad certificante competente.
  • Certificado de cumplimiento fiscal de los gravámenes en que se encuentre inscripto ante este Organismo. En el caso del Impuesto Inmobiliario deberá tener abonado, inclusive, el periodo completo del año en que se solicite la exención.
  • Documentación que constate el domicilio fiscal consignado, por ejemplo escritura, boleto de compra-venta, contrato de alquiler o factura de servicios públicos.
  • Personería Jurídica, Actas de Constitución y Estatutos - (Sólo Personas Jurídicas).
  • Acreditación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación para Congregaciones religiosas de cualquier confesión (Art. 127º inc. 3).
  • Declaración Jurada del funcionario responsable de la entidad consignando que el inmueble no se encuentra afectado total ni parcialmente a locación o préstamo a terceros para los Clubes y Asociaciones Deportivas (Art. 127º inc. 6).
  • Acreditación del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación para Estados extranjeros, consulados o legaciones (Art. 127º inc. 9).
  • 2 U.T. para la nota de solicitud.

Para Inmuebles propiedad de jubilados y pensionados (Art. 127º inc. 11):

  • Recibo de Jubilación o Pensión.
  • Informe del registro de la Propiedad Inmueble que acredite que se trata del único bien a nombre del solicitante.
  • Certificado de Incapacidad otorgado por autoridad competente y/o partida de nacimiento o matrimonio debidamente certificada.


Fuente: Resolución General N° 01/2013.
Sector: Mesa de Entrada y Salida.

Requisitos para solicitar Exención

 

  • Nota de Solicitud.
  • Formulario de Inscripción F-600 (DGR).
  • Estado de deudas (DGR).
  • Certificado de Domicilio o boleta de servicio a nombre del contribuyente.
  • Fotocopia del DNI 1ra y 2da hoja.
  • Constancia de Inscripción en la AFIP.
  • Constancia de Efector Social emitida por el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
  • Estampilla de 2 U.T. para nota.


* Verificar si la actividad según Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social es coincidente con la actividad declarada en esta Dirección General de Rentas.

Fuente: Resolución General N° 19/2013.
Sector: Mesa de Entrada y Salida.

Requisitos para solicitar Exención de la Tasa Retributiva de Servicios

 

  • Nota de Solicitud de Exención.
  • Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante escribano o autoridad certificante competente.
  • Certificado de cumplimiento fiscal de los gravámenes en que se encuentre inscripto ante este Organismo. En el caso del Impuesto Inmobiliario deberá tener abonado, inclusive, el periodo completo del año en que se solicite la exención.
  • Documentación que constate el domicilio fiscal consignado, por ejemplo escritura, boleto de compra-venta, contrato de alquiler o factura de servicios públicos.
  • Personería Jurídica, Actas de Constitución y Estatutos - (Sólo Personas Jurídicas).
  • Copia debidamente certificada de la Matrícula Profesional para el caso de los Agrimensores debidamente matriculados (Art. 205 inc. K).
  • 2 U.T. para la nota de solicitud.


Fuente: Resolución General N° 01/2013.
Sector: Mesa de Entrada y Salida.

En caso de no poder tramitarlo conforme al aplicativo informático establecido en la Resolución General N° 03/2020, la solicitud deberá ser presentada formalmente ante la Dirección General de Rentas de Formosa, sito en Ayacucho N° 810 Formosa – Capital, Delegación en Capital Federal sito en Bernardo de Irigoyen N° 188 o en su defecto enviarla por Correo Postal. 

Requisitos:

  • Nota de Solicitud de Exclusión. En su caso deben acreditar el motivo por el cual no pudieron obtener el Certificado desde la Página de DGR en Línea. 
  • tasa de 2 U.T.
  • Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y copia del PODER certificada. 

Podrán solicitar la exclusión siempre que acrediten fehacientemente que por la aplicación del Régimen de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se genera en forma permanente saldos a su favor. 

Certificado de cumplimiento Fiscal F-510 (Resolución General N° 18/2021 D.G.R.). 

Toda documentación que acompañe su trámite debe estar debidamente certificada por Escribano Público, Juez de Paz o acercar original y copia para su certificación por personal de esta Institución.

Requisitos a presentar:

 

  • Nota de Solicitud de Exclusión del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante escribano o autoridad certificante competente.
  • Si se tratare de Productores Primarios, constancia de inscripción en el registro respectivo.
  • Podrán solicitar la exclusión siempre que acrediten fehacientemente que por la aplicación del régimen se genera en forma permanente saldos a su favor.
  • En el supuesto de existir saldo a favor, y cuando las circunstancias especiales lo ameriten, deberán invocar los fundamentos de su petición y acreditar todas las pruebas en la que funde las causales de su pretención.
  • Detalle de los pagos a cuenta efectuados en los Puestos de Control y los respectivos Formularios F-71 y f-51.
  • El plazo por el cual solicita la exclisión no podrá ser superior a seis (6) meses.
  • 2 U.T. para la nota de solicitud.


Fuente: Resolución General N° 011/2006.
Sector: Mesa de Entrada y Salida.

Requisitos a presentar:

 

  • Nota de Solicitud de Exclusión del Impuesto Inmobiliario Rural.
  • Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante escribano o autoridad certificante competente.
  • Si se tratare de Productores Primarios, constancia de Inscripción en el registro respectivo..
  • Si se tratare de dueño del Inmueble: Certificado de Cumplimiento Fiscal de los inmuebles.
  • Si se tratare de Arrendatario: Contrato de arrendamiento.
  • 2 U.T. para la nota de solicitud.


Fuente: Resolución General Nº 023/2000
Sector: Mesa de Entrada y Salida.

Requisitos para inscribirse en Convenio Multilateral RUT

Se encuentra vigente el Registro Único Tributario para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán. También quedan comprendidos los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de las provincias de Córdoba y Santa Cruz.

Todas aquellas modificaciones, inscripciones y ceses de Convenio Multilateral, deben realizarse en el sitio web de AFIP a través de RUT Registro Único Tributario, siempre que la jurisdicción sede este adherida.

 

¿Cómo se accede al "Registro Único Tributario"?

Para acceder se debe ingresar al servicio web "Sistema Registral" con CUIT y clave fiscal con nivel de seguridad 3 o superior.

Los datos informados revestirán el carácter de declaración jurada y estarán sujetos a la verificación por parte de esta Administración Federal, de las administraciones tributarias provinciales adheridas y de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

En dicho servicio se podrá realizar el alta, modificación de datos o baja de impuestos.

Al ingresar al Registro se debe verificar los datos incorporados y, de corresponder, efectuar su modificación.

Tener en cuenta que la fecha a consignar como alta en el Régimen del Convenio Multilateral debe ser posterior a la solicitud de la baja del Régimen General.

Fuente: Convenio Multilateral del 18/08/77 - Resolución General N° 022/96 de la DGR y Resolución General N° 03/2008 de la Comisión Arbitral.

Requisitos a presentar:

 

  • Nota de Solicitud de Acreditación.
  • Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante escribano o autoridad certificante competente.
  • Documentación que acredite el saldo a favor del contribuyente.
  • Documentación original o copia certificada del instrumento que originó el trámite (en los casos de Impuesto de Sellos).
  • 2 U.T. para la nota de solicitud.


Fuente: Ley N° 1.589/2012 Código Fiscal.
Sector: Mesa de Entrada y Salida.

Requisitos para solicitar la Inscripción:

 

  • Formulario de Inscripción F-500 (DGR).
  • Fotocopia certificada del DNI en caso de tratarse de persona física, y fotocopia certificada del contrato social o Constitutivo de sociedad, y CUIT de dos integrantes de la sociedad en caso de personas de existencia ideal.
  • Constancia de CUIT.
  • Certificado de cumplimiento fiscal del impuesto sobre los Ingresos Brutos.


* A los efectos de la inscripción en el “Registro de Rematadores de Productores Pecuarios” el sujeto obligado, además de acreditar su condición de contribuyente en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos.

Fuente: Resolución General N° 005/2016.

Requisitos a presentar:

  • Nota de Solicitud del Beneficio.
  • Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante escribano o autoridad certificante competente.
  • El Plazo por el cual solicita la exclusión no podrá ser superior a seis (6) meses.
  • Certificado de cumplimiento Fiscal F-510 (Resolución General N° 18/2021). 
  • El solicitante no registrare deuda firme y exigible en concepto de cualquier tributo provincial.
  • El solicitante no tuviera procedimientos administrativos de determinación de deuda pendientes de resolución por parte de esta Dirección.
  • 2 U.T. para la nota de solicitud.

 

Fuente: Art. 12 RG Nº 033/1999 – 52/2010. Sector: Mesa de Entrada y Salida.

Requisitos a presentar:

 

  • Formulario de Inscripción F-600 o CM-01 (Convenio Multilateral).
  • Formulario de Empadronamiento.
  • Fotocopia certificada del Boleto de Marca y Señal.
  • Fotocopia del DNI 1ra y 2da hoja del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante escribano o autoridad certificante competente.
  • En el caso de que sea una SOCIEDAD: Contrato de Razón Social y CUIT individual de 2 (dos) responsables de la sociedad.
  • Certificado de Domicilio.
  • Fotocopia del Título del Campo, Resolución de Adjudicación, Permiso de Ocupación (del Municipio) y Contrato de Arrendamiento.
  • Pago de tasa de servicios (2 U.T.)
  • Constancia de Inscripción en la AFIP
  • Si es Agricultor, Frutícola, Hortícola, etc., especificar los productos que se van a sembrar.
  • Si es Forestal, autorización del Dirección de Bosque actualizado.
  • Registrar el N° de partida del Impuesto Inmobiliario Rural. (Propietario).
  • Certificado de Cumplimiento Fiscal del Impuesto Inmobiliario Rural del Inmueble a utilizar para la actividad (2 U.T. o 5 U.T. si es urgente).
  • Certificado de Cump. Fiscal del Imp. sobre los Ingresos Brutos. (2 U.T. o 5 U.T. si es urgente).


Fuente: Resolución General N° 018/2011. y Resolución General N° 01/2013.
Sector: Mesa de Entrada y Salida.

Requisitos a presentar:

 

  • Formulario de Inscripción F-600 o CM-01 (Convenio Multilateral).
  • Formulario de Empadronamiento.
  • Fotocopia certificada del Boleto de Marca y Señal.
  • Fotocopia del DNI 1ra y 2da hoja del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita.
  • En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante escribano o autoridad certificante competente.
  • En el caso de que sea una SOCIEDAD: Contrato de Razón Social y CUIT individual de 2 (dos) responsables de la sociedad.
  • Certificado de Domicilio.
  • Fotocopia del Título del Campo, Resolución de Adjudicación, Permiso de Ocupación (del Municipio) y Contrato de Arrendamiento.
  • Pago de tasa de servicios (2 U.T.)
  • Constancia de Inscripción en la AFIP
  • Si es Agricultor, Frutícola, Hortícola, etc., especificar los productos que se van a sembrar.
  • Si es Forestal, autorización del Dirección de Bosque actualizado.
  • Registrar el N° de partida del Impuesto Inmobiliario Rural. (Propietario).
  • Certificado de Cumplimiento Fiscal del Impuesto Inmobiliario Rural del Inmueble a utilizar para la actividad (2 U.T. o 5 U.T. si es urgente).
  • Certificado de Cump. Fiscal del Imp. sobre los Ingresos Brutos. (2 U.T. o 5 U.T. si es urgente).


Fuente: : Resolución General N° 018/2011.- y Res. 01/2013.
Sector: Mesa de Entrada y Salida.

La solicitud de Exclusión al Régimen de Retenciones Bancarias establecida por la Resolución General N° 025/2018, debe ser tramitada mediante el aplicativo informático establecido en la Resolución General N° 14/2019 D.G.R.
En caso de no poder tramitarlo conforme al aplicativo informático establecido en la Resolución General N° 14/2019 D.G.R., la solicitud deberá ser presentada formalmente ante la Dirección General de Rentas de Formosa, sito en Ayacucho N° 810 Formosa – Capital, Delegación en Capital Federal sito en Bernardo de Irigoyen N° 188 o en su defecto enviarla por Correo Postal. 

Requisitos:

  1. Nota de Solicitud de Exclusión. En su caso deben acreditar el motivo por el cual no pudieron obtener el Certificado desde la Página de DGR en Línea. 
  2. Tasa de 2 U.T.
  3. Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita. 
  4. En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante Escribano o Juez de Paz. 

Podrán solicitar la exclusión siempre que acrediten fehacientemente que por la aplicación del Régimen de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se genera en forma permanente saldos a su favor. 

Certificado de cumplimiento Fiscal F-510 (Resolución General N° 18/2021). 

Toda documentación que acompañe su trámite debe estar debidamente certificada por Escribano Público, Juez de Paz o acercar original y copia para su certificación por personal de esta Institución.  

La solicitud de Exclusión al Régimen de Retenciones Bancarias establecida por la Resolución General N° 025/2018, debe ser tramitada mediante el aplicativo informático establecido en la Resolución General N° 14/2019 D.G.R.
En caso de no poder tramitarlo conforme al aplicativo informático establecido en la Resolución General 14/2019 D.G.R., la solicitud deberá ser presentada formalmente ante la Dirección General de Rentas de Formosa, sito en Ayacucho N° 810 Formosa – Capital, Delegación en Capital Federal sito en Bernardo de Irigoyen N° 188 o en su defecto enviarla por Correo Postal. 

Requisitos:

  1. Nota de Solicitud de Exclusión. En su caso deben acreditar el motivo por el cual no pudieron obtener el Certificado desde la Página de DGR en Línea. 
  2. Tasa de 2 U.T.
  3. Documento Nacional de Identidad (D.N.I., L.E. o L.C.) del contribuyente o de la persona que se presente en representación de la persona jurídica que tramita. 
  4. En caso de presentación de tercero autorizado, documento de identidad y PODER otorgado ante Escribano o Juez de Paz. 

Podrán solicitar la exclusión siempre que acrediten fehacientemente que por la aplicación del Régimen de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se genera en forma permanente saldos a su favor. 

Certificado de cumplimiento Fiscal F-510 (Resolución General N° 18/2021). 

Toda documentación que acompañe su trámite debe estar debidamente certificada por Escribano Público, Juez de Paz o acercar original y copia para su certificación por personal de esta Institución.  

escribiendo...